martes, 26 de julio de 2011

Contrato menor y fraccionamiento de contratos, deslinde

En muchas ocasiones, nos encontramos con el dficil deslinde, entre la figura del contrato menor y el fraccionamiento del contrato, y es que la linea no siempre es clara porque no encontramos en el ámbito de la subjetividad, lo cual para nosostros es un problema a la hora de fiscaliza, por ello queríamos subir hoy, tres informes donde se trata el tema y que siempre va bien tener a mano, en nuestro ya abultado "fondo de armario", como siempre cualquier contribución, vía comentario será bienvenida. saludos (leer más...)


Enlace informe 1/2001 JCCA canarias

Enlace informe 1/2010 JCCA canarias

Enlace informe 9/2009 JCCA Andaluza

3 comentarios:

La Consulta 1/2010 se empleó como parte de examen categoría superior Intervención-Tesorería en Galicia, en junio 2011

Hola chicos, recientemente se ha vuelto a dar el caso particular de Acuerdo Marco de consumibles informáticos que ha sido objeto de Recurso Especial, en el que estamos inmersos. El tema, independientemente de la cuestión de fondo del recurso (baja temeraria) sobre la que (gracias) gracias a vosotros tenemos la reciente sentencia del TJCE de 29/03/12, es si es posible la tramitación de contratos menores puntuales para satisfacer las necesidades generales del organismo hasta la resolución del recurso y la puesta en funcionamiento de los correspondientes derivados. La cuestión no es baladí, puesto que nos encontramos en un supuesto excepcional que satisface el interés público (arrendamiento de equipos informáticos para necesidades públicas)en la mayoría de supuestos subvencionadas y otras que "alteran el funcionamiento normal del servicio". Pues bien, tal y como reflejan los informes de la JCCA de Canarias y la doctrina, entendemos que no se produce "estrictu sensu" un fraccionamiento de contrato, puesto que no se eluden normas de publicidad, ni disminución del precio ni se elude el procedimiento legalmente establecido, por lo que la prestación se satisfará con el empresario que fué adjudicatario del Acuerdo Marco con unos precios si cabe más ventajosos que los del contrato extinto. Saludos,

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